miércoles, 28 de marzo de 2012

TIPS TRIBUTARIOS


Cuidados Tributarios a la hora de comprar

por Fiorella Morán 


Al momento de decidir la compra de tu primer inmueble, saltan muchas
inquietudes sobre a quién le corresponde los diferentes pagos y tributos
en la compra venta. Aquí te mencionamos los más importantes y
frecuentes:

1. Impuesto al alcabala:
O más conocido como el impuesto a la transferencia. Este impuesto se paga a partir de la segunda venta, es decir que exista ya un propietario aún si el departamento no está terminado o independizado. El costo es del 3% del valor de venta menos las primeras 10 UIT. En el caso de los bienes futuros, es decir primera venta, no están afectos al pago. Sin embargo tiene sus excepciones y solo se pagará el alcabala sobre el valor del terreno (Autoconstrucción). Este impuesto le corresponde al comprador del bien.

2. Impuesto predial:
Para las operaciones de compra venta de inmuebles, el vendedor deberá cancelar el impuesto predial de todo el año en el cual se efectúa la venta. Es decir, si el inmueble es vendido en Marzo 2012, igual se deberá cancelar todo el predial hasta diciembre del mismo año.

3.- Impuesto a la renta:
Todas las propiedades adquiridas a partir del 1 de enero del 2004, están afectas al pago del Impuesto a la Renta. El porcentaje es del 5% hasta por las dos primeras ventas, a partir de la tercera unidad inmobiliaria que se venda en el mismo año, se pagará 30%. El cálculo del monto lo hace la SAT. Este impuesto le corresponde al vendedor.

4. Arbitrios:
Es el pago por los servicios prestados por el Municipio para el cuidado de las calles, parques y jardines (alumbrado público, serenazgo, etc).
Este impuesto deberá ser cancelado por el vendedor hasta el mes en el que se efectúa la venta del inmueble.
Y aparte de lo que son los impuestos, quedaría por cubrir los gastos notariales y registrales, que sirven para que el Notario valide la
operación y el inmueble sea inscrito ante Registros Públicos. Estos gastos los cubre el comprador.

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